Dos Proyectos de Ordenanza que contienen programas municipales con cuatro líneas de acción tendientes a dar respuestas a la demanda ciudadana de contención ocupacional y social, fueron presentados anoche por el Departamento Ejecutivo en el Honorable Concejo Deliberante (HCD).

Una de las iniciativas apunta a crear en el distrito el Banco de Tareas Municipales, con dos canales de aplicación: Subsidio ante una situación de emergencia inmediata y específica y Capacitación en oficios y acompañamiento en los primeros meses de la tarea.

El otro Proyecto de Ordenanza propone implementar en todo el territorio de Trenque Lauquen el Programa de Promoción de Empleo MiPyME, que a partir de la articulación con el sector privado tendrá dos expresiones: MiPyME Entrena, para brindar un incentivo económico a personas desocupadas que realicen una práctica laboral en pequeñas y medianas empresas del partido, y MiPyME Emplea, que otorgará una ayuda económica a empresas del distrito que contraten en relación de dependencia a quienes hayan pasado por el programa MiPyME Entrena.

BANCO DE TAREAS MUNICIPAL

La finalidad de la implementación del Banco de Tareas Municipal “es asistir en la emergencia y fundamentalmente capacitar, acompañar y brindar herramientas que permitan a las personas con mayor vulnerabilidad ser incluidas en el circuito de trabajo formal” y que el beneficiario “pueda proyectar su futuro de manera independiente, dignificándolo como persona”.

Para la concreción de esto, en caso de ser aprobado por el HCD, el Municipio deberá afectar fondos del presupuesto vigente para generar una partida que permita atender el programa.

  • Subsidio ante situación de emergencia: consiste en una ayuda económica, otorgada en contraprestación de una tarea específica.
  • Capacitación en oficios y acompañamiento:  incorpora al beneficiario a una capacitación rentada en tareas a determinar en cualquiera de las áreas municipales, para que adquiera conocimientos suficientes para luego desarrollarse en forma autónoma en el ámbito privado.

En cualquiera de las dos líneas de acción el vínculo entre el beneficiario y la Comuna “no implicará la existencia de una relación de carácter de empleo público”.

Podrán acceder los mayores de 18 años con una residencia comprobable mínima de dos (2) años en el distrito y sólo se otorgará un cupo por grupo familiar.

Los beneficiarios dispondrán de la posibilidad de hacer uso de ambos programas de manera complementaria , siempre que corresponda de acuerdo a la encuesta social que se hará.

Los programas tendrán una duración de doce (12) meses a partir de la promulgación de la Ordenanza, y podrá ser prorrogada su vigencia por un período que no excederá el término previsto.

La implementación de las dos líneas de acción dependerá de las necesidades que el Departamento Ejecutivo detecte en sus diferentes áreas.

“El Programa Subsidio ante situación de emergencia se aplicará por única vez a cada beneficiario, pudiendo excepcionalmente y previa evaluación de la autoridad de aplicación, otorgarse un segundo beneficio del mismo tipo”, señala, para agregar que será requisito contar con una carencia mínima de cuatro (4) meses desde el otorgamiento anterior.

En cambio el Programa Capacitación en oficios y acompañamiento “se aplicará por única vez a cada beneficiario, y tendrá una duración de cuatro (4) meses”  a contarse desde el momento en que el beneficiario obtiene su ingreso. “Su extensión en más o en menos” podrá variar según la necesidad de ambas partes.

Para incorporarse a este último programa y sin perjuicio de los requerimientos que pudiera solicitar la autoridad de aplicación, el interesado tendrá que reunir las condiciones necesarias para ser proveedor del municipio.

El beneficiario recibirá una capacitación y prestará tareas en el ámbito municipal a razón de cuatro (4) horas diarias durante cuatro (4) meses, como ya se dijo, percibiendo un incentivo mensual equivalente a un sueldo categoría uno (1) de veinte (20) horas semanales.

En el Programa Subsidio ante situación de emergencia, los beneficiarios recibirán, como contraprestación de una tarea específica que asigne la autoridad de aplicación, “una única suma en carácter de subsidio”, pero en ningún caso superará el monto del salario mínimo, vital y móvil.

La secretaría de Desarrollo Humano será la autoridad de aplicación, coordinando las acciones con las diferentes áreas municipales.

PROGRAMA MIPYME

Esta propuesta se enmarca en la intención de la gestión municipal de instrumentar políticas activas de promoción y acompañamiento del empleo privado, interviniendo en la generación de herramientas que hacen foco en las personas de entre 25 y 35 años, sector de la población en el que la oficina de Empleo, a partir de sus estadísticas, advierte las mayores necesidades.

Los beneficiarios de las dos líneas del programa, MiPyME Entrena y MiPyME Emplea, además de tener entre 25 y 35 años y una residencia comprobable mínima de dos (2) años en el distrito, deben encontrarse desempleados y estar registrados en la plataforma de la oficina de Empleo.

Tanto una como la otra son compatibles con la Asignación Universal por Hijo (AUH), pero incompatibles con Pensión por discapacidad u otra que haya sido otorgada por el Instituto Provincial de Seguridad Social (IPSS) o su similar de Nación.
“Las políticas y acciones contempladas en esta Ordenanza tienen por finalidad intervenir activamente, mediante la articulación público privada, en el acompañamiento de la población objetivo y las empresas beneficiadas. Con el convencimiento de que desarrollo económico y territorial sucede cuando ambas partes están involucradas”, sostiene en su artículo séptimo.

El Programa MiPyME tendrá una duración de doce (12) meses, desde la promulgación de la Ordenanza y, de considerarlo necesario, podrá ser renovado por el Departamento Ejecutivo.

Cada una de las dos líneas de este programa de promoción de empleo podrá ser aplicada por las empresas consecutivamente. La empresa MiPyME que tome el beneficio tendrá un  período de carencia de in (1) año desde el comienzo del primer proyecto para volver a acceder a uno nuevo.

Las empresas MiPyME que quieran ingresar deberán contar con habilitación municipal, tener Libre deuda de tasas municipales y formulario 931 AFOP, al día.

MiPyME Entrena es una alianza entre la comuna y empresas mediante la que se comprometen a pagarle al entrenado una retribución equivalente a un sueldo categoría uno (1) de veinte (20) horas semanales de la municipalidad de Trenque Lauquen. Cada parte abona 50 por ciento y el Municipio le da cobertura al beneficiario con un seguro de accidentes personales.

El beneficiario se desempeñará de lunes a viernes en una jornada de cuatro (4) horas diarias, durante seis (6) meses.

En MiPyME Emplea la comuna le aporta al empleador un incentivo mensual de hasta el equivalente a un sueldo de categoría uno (1) de doce (12) horas semanales, ajustable proporcionalmente conforme a la carga horaria contratada. “El aporte tendrá una duración de seis (6) meses  que la empresa descontará del costo que le implique el empleado según indique el convenio colectivo de trabajo de su gremio”, puntualiza.

También en este Programa el Departamento Ejecutivo realizará, “en el marco de sus posibilidades”, las previsiones presupuestarias pertinentes, en tanto que la autoridad de aplicación será la secretaría de Producción, Agricultura, Pesca y Acción Cooperativa, que además de coordinar acciones con las diferentes áreas municipales, tendrá a su cargo el seguimiento, control y fiscalización del programa.