El Banco de Tareas Municipales impulsado por la gestión del intendente Miguel Fernández cuenta con el visto bueno del HCD y su puesta en funcionamiento tiene desde ahora un marco legal e institucional.

El Banco de Tareas en un programa que tiene la finalidad de brindar contención social y laboral a los beneficiarios con políticas para asistir la emergencia económica y promover la generación de empleo, con acciones tendientes a capacitar, acompañar y brindar herramientas que permitan a los vecinos con mayor vulnerabilidad, ser incluidos en el circuito de trabajo formal.

El mismo consta de dos líneas de acción: subsidios directos, que comprenden una ayuda económica otorgada en contraprestación de una tarea específica -sin que ello implique que el beneficiario sea considerado empleado municipal- y la capacitación en oficios, con la incorporación a una formación rentada en tareas a determinar en cualquiera de las áreas municipales, para que el vecino adquiera conocimientos suficientes para luego desarrollarse en forma autónoma en el ámbito privado.

Entre los considerandos, el proyecto establece que “se pretender brindar herramientas para que el beneficiario pueda proyectar su futuro de manera independiente, dignificándolo como persona”.

En su articulado, determina que el Programa de subsidio directo se aplicará por única vez a cada beneficiario, pudiendo excepcionalmente y previa evaluación de la autoridad de aplicación, otorgarse un segundo beneficio del mismo tipo. En tal excepcional supuesto, será requisito contar con una carencia mínima de 4 meses desde el otorgamiento del anterior.

Además, los beneficiarios como contraprestación de una tarea específica que asigne la autoridad de aplicación, recibirán una única suma en carácter de subsidio que deberá ser rendido conforme al destino motivo de la solicitud. Dicha suma en ningún caso superará el monto del salario mínimo, vital y móvil. El monto se determinará de acuerdo a la necesidad concreta y comprobable y conforme a las posibilidades presupuestarias de la Municipalidad de Trenque Lauquen.

En tanto, en el Programa “Capacitación en oficios y acompañamiento” el beneficiario recibirá una capacitación y prestará tareas durante 4 meses, a razón de 4 horas diarias, en el ámbito de la Municipalidad de Trenque Lauquen percibiendo un incentivo mensual equivalente a un sueldo categoría 1 de (20) veinte horas semanales.

Además, se determinará en forma clara las tareas a realizar, las que deberán implicar la mínima amenaza de riesgo para la persona, no pudiendo ser en altura, ni incluir manejo de vehículos, ni maquinarias, pudiendo utilizarse solamente herramientas de mano. El Municipio asegurara al beneficiario con el seguro de accidentes personales.

En este beneficio pueden ingresar vecinos mayores de 18 años de edad, y con una residencia mínima de (2) dos años comprobable en el Distrito de Trenque Lauquen. Los programas serán otorgados (1) uno por grupo familiar.

Ambos programas tendrán una duración de (12) meses, comenzando a regir desde la promulgación de la presente Ordenanza, pudiendo el Departamento Ejecutivo, en caso de considerarlo necesario, prorrogar su vigencia por un período que nunca excederá del término previsto en el presente.

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