Por estos días se da en todo el país un fuerte debate acerca de la regulación del teletrabajo, sus alcances y sus límites. Esta discusión se traslada a la Provincia de Buenos Aires y surgen distintos proyectos, uno de ellos impulsado por los diputados de Juntos por el Cambio, Valentín Miranda y Sergio Sciciliano que fuera presentado a mediados de abril.
“Se trata de una cuestión novedosa donde deben fijarse claramente los límites de su aplicación”, dijo el Diputado Valentín Miranda uno de los autores de la iniciativa parlamentaria.
El proyecto pretende regular una nueva modalidad de trabajo establecida a partir del contexto de Aislamiento Social Obligatorio –vigente desde el 20 de marzo- en virtud de los consecutivos DNU rubricados por el Presidente de la Nación frente a la Pandemia por el Covid-19; a lo que debe sumarse, la declaración del estado de emergencia sanitaria establecida desde el ejecutivo provincial. De éste modo, los trabajadores resultarían beneficiados con ésta valiosa herramienta, que les permitirá continuar con sus compromisos laborales sin interferir en la productividad y el resultado.
Se aplicaría a todos los regímenes laborales existentes en la administración pública, centralizada y descentralizada instando a los otros estamentos de la provincia a establecer modalidades de trabajo similares al previsto por el proyecto de Ley.
Los derechos y obligaciones serán consensuados y regulados entre las partes por escrito. El teletrabajo será consentido expresamente por el trabajador. Estará garantizada la conectividad a internet. Los horarios podrán ser flexibles y se busca garantizar el derecho a la desconexión. El control y supervisión de tareas se ejercerá teniendo en cuenta el respeto a la vida privada del trabajador, su intimidad y la privacidad de su domicilio.
Se modificará la cobertura exigida por la ley en relación a los riesgos laborales de acuerdo a las condiciones de prestación, las que no afectarán la naturaleza del vínculo laboral. Los equipos y programas podrán ser provistos por la administración siendo el trabajador responsable de su uso y de la no utilización por parte de terceros. Si, fuesen propiedad del empleado, deberá ser recompensado por los gastos del uso y comunicación del mismo.
Entre los múltiples beneficios que brinda la condición del teletrabajo: Ahorra y reduce, tiempos y costos, al evitar el desplazamiento del domicilio del trabajador al lugar de trabajo, redimensionando los espacios de trabajo utilizados por los empleadores. Favorece la productividad y disminuye el ausentismo laboral.
Repercute en el cuidado del ambiente, disminuyendo los vehículos en la vía pública se reduce la emisión de gases de efecto invernadero, el consumo energético y la irradiación de calor al ambiente por parte de los medios de transportes.
Para Miranda “la intención del presente proyecto de Ley es fijar pautas que sirvan fundamentalmente para lograr una mayor eficacia de la administración en todos los órdenes -de ahí la invitación a adherir a los distintos poderes y municipios-, sin desmedro de ninguno de los derechos de los trabajadores”.