La dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos resolvió adherir a los alcances de la Disposición n° 145/2020, emanada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y prorrogar por el término de 90 (noventa) días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 14 de mayo del mismo año.

Además dispuso encomendar a la dirección de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, dependiente de esta dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, que articule con los Centros Emisores de Licencias de Conducir, la suspensión de la atención al público en las sedes de dichos establecimientos hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, de conformidad con las disposiciones de orden nacional.

Por disposición similar la dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia ya había dispuesto una prórroga para los vencimientos de las Licencias de Conducir que estaban comprendidos en el plazo que iba desde 15 de febrero al 30 de abril, resolviendo ahora contemplar aquellos vencimientos que operen hasta el 14 de mayo del corriente.

Durante este período los Centros Emisores de Licencias de Conducir, deberán procurar la reducción de la atención al público, a fin de morigerar la presencia masiva de personas en sus sedes y reforzar la difusión de las recomendaciones aprobadas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires en lugares visibles dentro de los espacios de atención al público.

La Disposición también establece que los plazos mencionados en los artículos precedentes podrán ampliarse de acuerdo a razones de estricta emergencia sanitaria, determinadas por el Poder Ejecutivo.

La presente Disposición, que lleva la firma del Director Provincial de Política y Seguridad Vial provincial, Federico Javier Pedersoli Castellani, hace referencia al expediente EX-2020-05499839-GDEBA-DPPYSVMIYSPGP mediante el cual tramita proyecto disposición tendiente a adherir a los nuevos preceptos emanados de la Agencia Nacional de

Seguridad Vial a través de la Disposición N° 145/2020, en concordancia con las medidas de prevención recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación e impartidas por el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en el marco de la emergencia declarada por el COVID-19 (coronavirus), las Leyes: N° 13.927, N° 15.164 y los Decretos: N° 532/09, N° 36/20.

Entre los considerandos de la Disposición provincial se resalta que el virus que causa el COVID-19, se propaga aceleradamente a nivel mundial, y en tal sentido la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) en el marco del Reglamento Sanitario Internacional.