El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó una resolución por medio de la cual se prorrogan hasta el 31 de agosto los vencimientos de las Prestaciones por Desempleo de la Ley N° 24.013 y de la Ley N° 25.371, cuyo vencimiento fue prorrogado por la Resolución 260/2020.
Las cuotas de prórroga serán mensuales y no se aplicará la modalidad de pago único prevista en el artículo 127 de la Ley N° 24.013. El monto de las cuotas de prórroga será equivalente al setenta por ciento de la prestación original.
La ANSES efectuará los controles y cruces informáticos para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas.