El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, anunció que la compra de dólar ahorro tendrá a partir de mañana un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias y que las operaciones con tarjetas de crédito que se realicen en el exterior también serán computadas dentro del cupo de los 200 dólares mensuales.

En una conferencia de prensa, Pesce dijo que “los pagos que se hagan con tarjeta de crédito van a ser a cuenta de adquirir dólar ahorro” y precisó que junto con la retención del 35% en concepto de impuesto a las Ganancias continuará el denominado impuesto país del 30%.

A los efectos de priorizar la asignación de divisas el Gobierno nacional, mediante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera.

La iniciativa se propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta.

En el mismo sentido, el BCRA estableció que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

Para no afectar la operatoria habitual, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la FAE, la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido.

Además, el BCRA junto a las entidades financieras perfeccionará el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cuentas bancarias en dólares y se limitará el acceso de cotitulares a la compra de dólares para FAE.