Desde hoy se encuentra en vigencia una rebaja del 60% en el ABL, retroactiva a marzo, para aliviar la situación de los sectores más vulnerables. La medida alcanza a distintas personas y situaciones.

De lunes a viernes de 8 a 12 horas en el celular (2392) 50-3422 personal de la subsecretaría de Desarrollo Humano atenderá a los aspirantes al beneficio de esta tasa social y solidaria para responder consultas por llamadas telefónicas, mensajes de textos o whatsapp, y guiarlos en la gestión del trámite. La planilla para completar ya se encuentra en la página web del Municipio y pueden bajarse ingresando al link https://www.trenquelauquen.gov.ar/beneficiotasa/

La retroactividad al 20 de marzo obedece a que esa es la fecha en que el Honorable Concejo Deliberante aprobó la iniciativa presentada por los ediles Mónica Estévez y Pablo Larrosa (Frente de Todos) y apoyada por el oficialismo (JxC), que luego promulgó el Departamento Ejecutivo.

Quiénes pueden acceder a la tasa solidaria

– Beneficiarios de un programa nacional, provincial o municipal, adjuntando la constancia emitida por el organismo/dependencia que lo haya otorgado.

-Jubilados y pensionados que en conjunto perciban menos de dos haberes mínimos de la jubilación nacional vigente a la fecha, agregando los últimos tres recibos de haberes que así lo acreditan.

– Personas que sufren discapacidad, presentando el Certificado Único de Discapacidad (CUD).

– Personas que cobran el Seguro de Desempleo, demostrable con la documentación correspondiente. En este caso el beneficio solicitado tendrá una duración máxima equivalente al período por el cual percibe el seguro mencionado.

– Locatarios de un inmueble urbano y por contrato -cuya copia debe adjuntarse- obligado al pago de la Tasa por Alumbrado, Barrido, Conservación de la Vía Pública y Espacios Verdes.

– Grupo familiar que en su conjunto tiene ingresos inferiores a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, acreditado con documentación que así lo pruebe.

– Los beneficiarios de esta Tasa social o solidaria no deben poseer más de un inmueble ni tener un automóvil, embarcación o aeronave con una antigüedad menor a los diez años.