El 7 de octubre se trata de un feriado con fines turísticos, no de la celebración o conmemoración de un acontecimiento en especial, tampoco del traslado de otro feriado.
La Ley 27.399, establece actualmente los días feriados y no laborables en nuestro país, faculta al Poder Ejecutivo nacional a “fijar anualmente hasta tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.”
En años anteriores, el ejecutivo había optado por establecer días no laborables en lugar de feriados y la diferencia no es menor.
Si los días son no laborables, es el empleador quien decide trabajar o no, en cambio, cuando son feriados nacionales, está en el empleado la opción de trabajar o no.
Además, en los días no laborables, el salario es el mismo se trabaje o no, mientras que en los feriados nacionales, si no se trabaja se paga con un plus, y si se trabaja se paga doble.
Pero para este año, como en los anteriores, el poder ejecutivo mediante el decreto 789/21, optó por establecer tres feriados fines turísticos para el año 2022, y son los siguientes:
7 de octubre 2022, 21 de noviembre 2022, y 9 de diciembre 2022.
Además, la cita Ley 27.399 aclara que estos días “gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales.”
En conclusión, se trata de un feriado nacional como cualquier otro, es pago, y en caso de trabajar ese día, se paga doble.
Además, el lunes 10 de octubre también es feriado nacional, en este caso porque se trata de un feriado trasladable, el del 12 de octubre “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”, también establecido por la Ley 27.399.
Según el artículo 6 de esta Ley “Los feriados nacionales trasladables establecidos por el artículo 1° de la presente cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.”
Y al igual que con los feriados turísticos, los feriados trasladables también “gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales.”
Por lo tanto, del 7 al 10 de octubre tenderemos un fin de semana largo de 4 días.