El Departamento Ejecutivo municipal rediseñó hoy y puso en vigencia en forma inmediata en todo el distrito la nómina de actividades restringidas y permitidas, según horarios y características, tras notificarse de los alcances de la Resolución nº1050 emitida anoche por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires incluyendo a Trenque Lauquen entre los 49 distritos que ahora están en Fase 3, de acuerdo a la situación epidemiológica que presentan por la pandemia de Covid-19.
A las medidas contempladas para la Fase 3 y que Provincia fijó de acuerdo al artículo 13 del Decreto Nacional n°235/21, se agregan algunas otras que el Municipio había establecido anticipadamente el miércoles pasado y que habían sido anunciadas por el Intendente Interino Esteban Vidal.
El Decreto Nacional considera lugares de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario a los municipios en los cuales se haya producido un brote o un aumento significativo y repentino de casos positivos de Covid-19.
El nuevo listado de medidas a cumplir en cada actividad, y sobre las que habrá controles estrictos para verificar su cumplimiento y tratar de evitar una propagación del virus, es el siguiente:
– Circulación de personas: Restricción entre las 0 y 6 horas. Disposición Provincial.
– Comercios de carácter general: No podrán desarrollarse entre las 20 y las 6 horas. Disposición Provincial.
– Restaurantes / Bares / Rotiserías / Heladerías / Gastronómicos afines: No podrán desarrollarse entre las 23 y las 6 horas. En el interior del local el aforo no podrá superar el 30% y en el exterior están permitidas. Disposición Provincial.
– Delivery: Permitido de 6 a 24 horas.
– Actividades / Reuniones sociales en domicilios particulares: No están permitidas. Disposición Provincial.
– Actividades / Reuniones sociales en espacios públicos: No están permitidas hasta el miércoles 21 de abril de abril. Disposición Municipal.
– Reuniones familiares: Se recomienda evitarlas y acotarlas al grupo de convivientes. Disposición Municipal.
– Salones de fiesta: No está permitido. Disposición Provincial.
– Gimnasios: Permitidos hasta las 20 horas y hasta diez personas. En interior con aforo de 30%. Disposición Provincial.
– Fútbol 5 / Básquet / Hándbol / Pádel / Otros: Permitidos aquellos autorizados en su momento con protocolo de estricto cumplimiento hasta las 20hs con aforo de hasta diez personas. Disposición Provincial.
– Piletas: Permitido hasta 20 horas con aforo de hasta diez personas. Disposición Provincial.
– Reuniones religiosas: No permitidas hasta el miércoles 21 de abril. Disposición Municipal.
– Cines / Teatros: Permitidos hasta 20 horas con aforo del 30%. Disposición Provincial.
– Deportes en lugares cerrados: Permitidos para aquellos autorizados en su momento con protocolo de estricto cumplimiento. Hasta 20 horas y con hasta diez personas. Disposición Provincial.
– Deportes en lugares abiertos: Permitidos para aquellos autorizados en su momento con protocolo de estricto cumplimiento. Hasta 20 horas y con hasta diez personas. Disposición Provincial.
– Deportes competencia: No están permitidos hasta el miércoles 21 de abril. Disposición Municipal.
– Viajes grupales: No están permitidos. Disposición Provincial.
– Ferias: No están permitidas. Disposición Provincial.
– Bibliotecas: No están permitidas. Disposición Provincial.
– Expendio de combustibles / Farmacias: Permitidos las 24 horas.
Las restricciones establecidas no serán aplicables a:
– Las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales.
– Las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento.
– Y a las personas que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo, circunstancia que deberá ser debidamente acreditada. Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia”.