El Gobierno avanzó este martes con la fase técnica del decreto que estableció, a mediados de este mes, un régimen de segmentación de tarifas a usuarios residenciales de los servicios de gas y luz. Lo hizo a través de la Secretaría de Energía, que en el Boletín Oficial detalló algunos puntos importantes sobre la instrumentación de esa quita de subsidios.

La Resolución 467/2022, firmada por Darío Martínez, instruyó en su primer artículo a la Subsecretaría de Planeamiento Energético para aplicar la normativa a una parte de la población, según lo establecido en el decreto 332/2022, publicado el 16 de junio.

También deberá “constituir, poner en funcionamiento y mantener actualizado el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), teniendo como base las declaraciones juradas a ser presentadas por los usuarios y las usuarias de los servicios energéticos”, informa Agencia DIB.

“La citada subsecretaría podrá requerir a los Organismos correspondientes, con la periodicidad que determine, los cruces de información necesarios con el fin de administrar adecuadamente el régimen de segmentación”, se aclaró.

Además, se dio luz verde a la Subsecretaría de Coordinación Institucional de Energía “para que proyecte y suscriba los convenios con los poderes concedentes de servicios públicos análogos en Jurisdicciones Provinciales o Municipales, a fin de establecer la implementación de la segmentación”.

El Artículo 4° de la Resolución informó que habrá dos maneras de realizar la declaración jurada para acceder a los subsidios de gas natural y energía eléctrica. Por un lado, podrá cargarse de manera digital, en el sitio www.argentina.gob.ar, a través de dispositivos móviles y computadoras personales. Por otro, existirá la posibilidad de efectuar el trámite en las oficinas de atención al público de las empresas prestadoras de los servicios y de la ANSES.

“El nivel de subsidios correspondiente a la solicitud presentada se determinará de acuerdo con los parámetros fijados en el artículo 2° del decreto 332/2022 con base en la información declarada por los usuarios y las usuarias hasta tanto la Subsecretaría de Planeamiento Energético a través de la información con la que cuentan los organismos del Estado Nacional cruce la información vertida en las declaraciones juradas”, se precisó en el Artículo 8° de la Resolución.

En paralelo, se informó que los usuarios solicitantes del beneficio de la presente resolución podrán requerir la reconsideración mediante el formulario que se encuentre disponible en el mismo sitio web donde presentaron su declaración.

Todos los usuarios deberán llenar el formulario para mantener los subsidios, estén alcanzados por la “segmentación” o no. Los únicos que estarán exentos de llenarlos son aquellos que creen que aceptarán la pérdida de las subvenciones estatales.