El intendente municipal, Miguel Fernández, y su par de Guaminí, José Nobre Ferreira, firmaron el viernes un convenio por la prestación de servicios en la localidad de Garré, que se encuentra emplazada en territorio de ambos municipios, en el marco de una reunión que se realizó el viernes pasado en el despacho del Jefe comunal en Trenque Lauquen.
Como parte del acuerdo, que renueva la modalidad de trabajo que vienen llevando adelante ambas municipalidades para dar respuesta a las necesidades e inquietudes de los vecinos de Garré, se estableció la conformación de un Comité para el control y seguimiento de la ejecución del mencionado convenio.
Este Comité estará integrado por los secretarios de Obras y Servicios Públicos, los secretarios de Gobierno, y los Asesores Legales de cada Municipio, quienes deberán reunirse al menos una vez por año, sin perjuicio de la convocatoria por cualquiera de las partes a reuniones extraordinarias en cualquier momento.
A partir de la firma del mencionado convenio, que cuenta con el aval de los Concejos Deliberantes de ambos municipios en el marco de la Ordenanza nº 4501/ 2016 del partido de Trenque Lauquen; y Ordenanza nº 5/ 2016 del partido de Guaminí, se establece el siguiente acuerdo:
– Queda a cargo de la Municipalidad de Trenque Lauquen la atención mediante sus servicios de salud disponibles en el Hospital Orellana de la ciudad de Trenque Lauquen y/o en el Hospital Eguiguren de la localidad de 30 de Agosto, de las derivaciones que se decidan en la Sala Sanitaria situada en la localidad de Garré respecto de vecinos domiciliados en cualquier sector de la localidad de Garré.
Dejase expresamente aclarado que los pacientes del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, para ser derivados, deberán contar con el correspondiente rechazo conformado del prestador a cargo.
. La provisión a la Sala Sanitaria situada en Garré de medicamentos o insumos médicos que pudiera disponer el Municipio de Trenque Lauquen, especialmente los elaborados por su Laboratorio Farmacológico.
– Queda a cargo de la Municipalidad de Guaminí la prestación de los siguientes servicios:
. La atención primaria de la salud para todos los vecinos de Garré, con sus recursos disponibles en la Sala Sanitaria que funciona bajo su dependencia en dicha localidad.
. La recolección de residuos sólidos urbanos, riego, alumbrado público, mantenimiento de calles y espacios verdes en la parte de Garré que se sitúa dentro del partido de Trenque Lauquen, así como la colaboración coordinada entre ambas delegaciones de personal y maquinaria.
Las áreas urbanas y periurbanas de la localidad de Garré se encuentran emplazadas en territorio de ambos municipios, a saber: Parcialmente en la Sección G del Cuartel XIV del Partido de Trenque Lauquen, y –en mayor extensión- sobre las Secciones A y B del Cuartel IV del Partido de Guaminí. Tal circunstancia requiere en dicha zona la prestación de servicios o la ejecución de tareas por parte de ambas administraciones públicas.
Para la mayor eficiencia de los recursos invertidos y la mejor calidad de los servicios, ambas municipalidades han analizado la posibilidad de convenir las mejores formas de prestación de los mismos, estando facultadas para ello por lo preceptuado en los artículos 41, 53 y 131 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.